Artículo 45.- VOCALES. 
 
La Junta de Gobierno de la Esclavitud se completa con el Vocal Nato y cuatro vocales más, elegidos éstos últimos por la Junta General: el Vocal Ayudante de Mayordomo, el Vocal de Acción Caritativo-Social, el Vocal de Propaganda y Relaciones Públicas y el Vocal Ayudante del Maestro de Ceremonias. 
 
Artículo 46.- VOCAL AYUDANTE DE MAYORDOMO. 
 

El Vocal Ayudante de Mayordomo colaborará, bajo la dirección del Mayordomo, en su responsabilidad de velar por la atención y ornato de la Sagrada Imagen del Santísimo Cristo y de sus pertenencias destinadas al culto, así como en los demás asuntos y funciones que el Mayordomo tiene encomendadas estatutariamente. 
 
La sustitución del Mayordomo, cuando por ausencia o enfermedad fuese necesaria, será cubierta por el Vocal Ayudante del Mayordomo. 
 
Artículo 47.- EL VOCAL DE ACCION CARITATIVO-SOCIAL. 

 
Le competerán todas las funciones relacionadas con la actividad propia de su cargo. Será el encargado de organizar la acción caritativo-social, como expresión del amor fraterno de los miembros de la Esclavitud con nuestros hermanos más necesitados, y según la Doctrina Social de la Iglesia en cada mandato. Tomará, con la aprobación de la Junta de Gobierno, las medidas necesarias para recaudar fondos y donativos los cuales serán administrados por el Tesorero para tal fin. 
 
Artículo 48.- EL VOCAL DE PROPAGANDA Y RELACIONES PÚBLICAS. 
 
Se encargará de propagar convenientemente los actos y cultos que organice la Junta de Gobierno. Para esta difusión mantendrá las debidas relaciones con los medios de comunicación. 
 
Asimismo, será el encargado y responsable del mantenimiento, control y actualización de la página web que mantiene esta Venerable Esclavitud, debiendo dar siempre previamente cuenta al Esclavo Mayor de las noticias y actualizaciones que se vayan a insertar en la misma. 
 
Se encargará además de coordinar las relaciones entre la Venerable Esclavitud y otras instituciones, de conformidad con lo que le sea encomendado por el Esclavo Mayor o por la Junta de Gobierno. 
 
Artículo 49.- EL VOCAL AYUDANTE DEL MAESTRO DE CEREMONIAS. 
 

El Vocal Ayudante del Maestro de Ceremonias colaborará en la organización de todos los actos religiosos, bajo la dirección del Maestro de Ceremonias. 
 
La sustitución del Maestro de Ceremonias, cuando por ausencia o enfermedad fuese necesaria, será cubierta por el Vocal Ayudante del Maestro de Ceremonias. 
 
Artículo 50.- EL VOCAL NATO. 
 
Será Vocal Nato el Esclavo Mayor del mandato anterior. En el supuesto de que no pudiese desempeñar dicho cargo, será sustituido por el Esclavo Mayor del mandato inmediatamente anterior. 

 

INIDICE DE LOS ESTATUTOS